Los autónomos tienen hasta este viernes para pedir las ayudas de la Junta al alquiler de sus locales

E+I+D+i - IndeGranada - Miércoles, 28 de Octubre de 2020
La ayuda es de 1.200 euros en pago único por término general.
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La ayuda es de 1.200 euros en pago único por término general.

La Junta recuerda que este próximo viernes 30 de octubre acaba el plazo establecido para solicitar las ayudas dirigidas a trabajadores autónomos con locales arrendados. La Consejería de Empleo aprobó el pasado mes de septiembre un decreto ley, con carácter extraordinario, que contemplaba ayudas dirigidas al pago del alquiler de locales arrendados tanto por trabajadores autónomos con carácter general como por trabajadores por cuenta propia procedentes de los sectores del ocio nocturno e infantil.

Estas ayudas incluyen cuantías que fueron incrementadas la semana pasada por la Junta de Andalucía. De esta forma, pasan de los 900 a los 1.200 euros para los autónomos en general y de los 1.200 a los 4.000 euros para los autónomos que regentan establecimientos de ocio nocturno e infantil.

“En estos momentos en los que los trabajadores por cuenta propia están viviendo una difícil situación, desde las administraciones tenemos que hacer todo lo posible por apoyarles y facilitar que puedan mantener su actividad y los empleos que generan”, ha declarado la delegada de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta en Granada, Virginia Fernández, Este aumento de la cuantía de las ayudas ha sido posible “gracias al incremento del presupuesto aprobado por la Consejería de Empleo que ha pasado de los 9 a los 14 millones de euros” para apoyar un colectivo con gran peso en la economía y el empleo de la provincia. Granada contaba el pasado mes de septiembre con un total de 65.265 autónomos dados de alta en la Seguridad Social, un 1,08% más que en enero de 2020 (antes de la pandemia).

Las personas que ya han presentado su solicitud (más de 7.000 en toda Andalucía) también se van a ver beneficiadas del aumento de las ayudas. El plazo para pedirlas está abierto hasta este viernes 30 de octubre y todo el trámite se realiza de forma telemática en la web de la Consejería de Empleo, donde se ha establecido un procedimiento ágil a través de declaraciones responsables de cumplimiento de los requisitos establecidos y un plazo máximo de dos meses para resolver la resolución.

Requisitos

Podrán ser beneficiarios de la ayuda los trabajadores por cuenta propia o autónomos con domicilio social en Andalucía, que estén dados de alta en el Régimen Especial de Seguridad Social del colectivo (RETA) a fecha de 14 de marzo (cuando se declaró el Estado de Alarma) y se exige que aún mantengan este alta 4 meses desde la fecha de inicio de la convocatoria de ayudas.

También se establece como requisito a los beneficiarios que en el ejercicio fiscal de 2019 las bases liquidables general y de ahorro en el IPRF no superen 5,5 veces el Indicador de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) de 2020 (41.357,74 euros), si presentan declaración individual; o 7 veces el IPREM (52.637,13) si presentan declaración conjunta. Se excluye también a los autónomos societarios (aquellos que han constituido una empresa o sociedad mercantil).

Para solicitar la ayuda, los autónomos deben ser arrendatarios del local de negocio o establecimiento en el que desarrollan su actividad y se exige que la fianza se haya depositado en la Agencia de Vivienda de Rehabilitación de Andalucía (AVRA). Se excluyen igualmente aquellos arrendamientos que forman parte de la vivienda habitual del solicitante.

En el caso de la línea 2, se mantienen los requisitos mencionados y se establece que su actividad debe estar incluida en los CNAE correspondientes a 'establecimientos de bebidas' u 'otras actividades recreativas y de entretenimiento'.