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La muerte se produjo el pasado miércoles en un local de restauración

Denuncian la "explotación" en parte de la hostelería de Granada tras fallecer un empleado por un paro cardiaco en su puesto de trabajo

E+I+D+i - IndeGranada - Lunes, 1 de Abril de 2024
“Sabemos que el accidente laboral por colapso cardíaco se produjo en torno a las 19 horas, y que el trabajador empezaba su turno a las 10 horas y tenía previsto prestar servicio hasta el cierre del local” , afirma Roberto Ariza, de CCOO.
Concentración sindical este lunes por el accidente laboral mortal.
ccoo/ugt
Concentración sindical este lunes por el accidente laboral mortal.

Miembros de CCOO y UGT Granada se han concentrado este lunes para condenar la última muerte en accidente laboral ocurrida en la provincia de Granada,  la segunda de 2024: un trabajador de 52 años que el pasado miércoles sufrió un paro cardíaco mientras trabajaba en un establecimiento de restauración de Granada capital.

El responsable de Servicios CCOO Granada, Roberto Ariza, tras condenar este lamentable accidente y mostrar su solidaridad con los familiares del trabajador fallecido, ha denunciado las condiciones de “semiesclavitud y explotación” que sufren cientos de trabajadores y trabajadoras de la Hostelería en la provincia y que, en este caso, han desembocado en un paro cardíaco que ha provocado la muerte de una persona en su puesto de trabajo.

“Sabemos que el accidente laboral por colapso cardíaco se produjo en torno a las 19 horas, y que el trabajador empezaba su turno a las 10 horas y tenía previsto prestar servicio hasta el cierre del local”, por lo que desde CCOO "insistimos de forma clara y contundente: los trabajadores y las trabajadoras de Hostelería sufren en silencio horarios incompatibles, en muchos casos, con la salud laboral”.

Para Ariza (CCOO),  las relaciones laborales se han precarizado hasta límites insospechados, hasta el punto de que “mientras los beneficios en Turismo y Hostelería aumentan peores son las condiciones laborales”.  En la Hostelería, el problema más extendido es la prolongación de jornadas a base de horas extras no declaradas, que equivalen a unos cientos de contratos a jornada completa y suponen un fraude claro a la Seguridad Social. A esto se añade el trabajo nocturno y en festivo, que el empresario exige pero no retribuye según convenio.  Por todo ello, ha terminado el responsable sindical, "desde CCOO exigimos un mayor por parte de los organismos competentes, en este caso, la Inspección de Trabajo y por supuesto, sanciones para las empresas que incumplan la ley".

Jornadas que se alargan por encima de la ley

Por su parte,  Antonio Jesús Zarza, secretario general de la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo (FeSMC) de UGT Granada, tras mostrar el pésame a familiares y conocidos del trabajador fallecido, reclama a la Inspección de Trabajo a que investigue la situación laboral del trabajador y las causas del accidente , ya que es habitual en el sector de la hostelería que los trabajadores alarguen sus jornadas muy por encima de la legalidad vigente. Así, detalla que se debería investigar no sólo la duración de la jornada laboral del día del fallecimiento, sino de las semanas anteriores, así como que se hayan hecho en la empresa los obligatorios reconocimientos médicos.

El ugetista recuerda que un infarto en el trabajo es un accidente laboral, como reconoce la normativa legal y el Tribunal Supremo. Explica que son constitutivas de accidente de trabajo las lesiones que sufra el trabajador durante el tiempo y en el lugar de trabajo, lo que  así ha sido interpretado por el Tribunal Supremo, en el sentido de entender que el infarto de miocardio, así como otras similares enfermedades que se manifiestan súbitamente, constituyen accidente de trabajo, cuando quien los sufre se encuentra en el tiempo y en el lugar de trabajo, salvo que se destruya la presunción adecuadamente. Y que dicha presunción, señala el representante de UGT, no queda destruida por el hecho de que un trabajador hubiera sufrido ya antecedentes de tipo cardíaco o coronario o de tabaquismo u otras patologías análogas e incidentes en el infarto en fechas anteriores al mismo.

Zarza (UGT) recuerda que es importante que las empresas tengan, en sus planes y evaluaciones de prevención de riesgos laborales, acciones preventivas para las enfermedades cardiovasculares en el ámbito laboral, especialmente sobre los trabajadores que tengan antecedentes o afecciones cardiovasculares, sin olvidad la vigilancia de la salud de estos trabadores con protocolos específicos.