A disposición judicial un ganadero de Maracena por dejar morir de hambre y sed a un caballo
El caballo, agonizante, cuando lo encontraron los agentes. Guardia Civil
La Guardia Civil ha puesto a disposición judicial, en calidad de investigado, a un ganadero de Maracena como presunto autor de un delito relativo a la protección de los animales domésticos por dejar morir de hambre y sed a un caballo.
Fue el día 5 de octubre cuando la Guardia Civil tuvo constancia de que un caballo "en muy mal estado" había sido abandonado en una alameda junto a la urbanización Canto Grande del término municipal de Granada, ha informado el Instituto Armado en una nota de prensa.
El Seprona de la Guardia Civil de Granada localizó el animal y comprobó que estaba agonizando por lo que contactaron con el Refugio del Burrito que envió a una veterinaria para intentar salvar la vida del animal.
La especialista, tras tener que tomar la decisión de sacrificarlo para aliviar el sufrimiento del equino, detalló en su informe que el animal había muerto de hambre y sed.
En paralelo, los agentes del equipo del Seprona supieron por el microchip que el caballo llevaba implantado que su propietario era un vecino de Albacete si bien posteriormente averiguaron que había sido comprado y vendido en numerosas ocasiones, "todas ellas sin documentación alguna, hasta llegar al último propietario, un conocido ganadero de Maracena".
El Seprona de la Guardia Civil considera a este vecino de Maracena presunto responsable de la muerte del animal y lo ha puesto a disposición judicial por un supuesto delito relativo a la protección de los animales domésticos.
El artículo 337 del Código Penal, recientemente modificado, contempla que puede ser constitutivo de delito el maltrato de un animal al que se le cause la muerte o lesiones graves; el maltrato cruel, independientemente de que haya o no muerte o lesiones del animal; la explotación sexual de los animales o su abandono.
Se trata de un delito que puede cometerse por acción u omisión sobre un animal, produciéndole un sufrimiento considerable, o causando un perjuicio grave en su salud o su muerte.
Además de la pena de prisión, los maltratadores podrán ser inhabilitados, no sólo para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.