Entra en vigor este jueves en Pinos Puente una ordenanza sobre patinetes eléctricos que obliga a llevar casco y chaleco reflectante

Pinos Puente ha puesto en marcha una Ordenanza Municipal de Circulación de Vehículos de Movilidad Personal y Urbana de Pinos Puente, que entra en vigor este jueves, día 20, una vez culminado todo el proceso administrativo y tras su aprobación definitiva en el Pleno municipal. Con esta normativa, Pinos Puente "se sitúa entre los primeros municipios de Andalucía y de España en regular de forma específica el uso de patinetes eléctricos y otros dispositivos similares, dando respuesta a una realidad cotidiana que ha transformado la movilidad urbana", y con el objetivo de "garantizar la seguridad en las calles del municipio".
Aunque la ordenanza será plenamente vigente desde este jueves, el Ayuntamiento ha establecido un periodo de información ciudadana, que se prolongará durante 2 meses, durante el cual las sanciones no serán efectivas. En su lugar, se desarrollará una campaña de información y sensibilización dirigida a vecinos y vecinas para explicar las nuevas obligaciones, resolver dudas y facilitar una transición progresiva y tranquila a la nueva regulación. A partir del 20 de enero comenzará ya la aplicación del régimen sancionador previsto.
El alcalde de Pinos Puente, Enrique Medina, ha explicado que este periodo informativo “permitirá que la ciudadanía conozca bien la norma antes de aplicarla con sanciones”, destacando que el objetivo principal “no es multar, sino proteger a la población, fomentar la convivencia y promover una movilidad moderna y segura”. Medina ha añadido que el Ayuntamiento “acompañará a los usuarios durante estas semanas, explicando de forma cercana qué se puede hacer, en qué lugares se puede circular y qué requisitos deben cumplir los patinetes para garantizar la seguridad de todos”.
Con casco y chaleco reflectante
La ordenanza recoge un marco regulador amplio y actualizado que define las condiciones de uso de los vehículos de movilidad personal en el municipio. Establece que estos dispositivos solo podrán ser utilizados por personas mayores de 16 años y que los usuarios deberán llevar casco y chaleco reflectante. Regula además los comportamientos prohibidos, como el empleo de auriculares o la conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas.
La norma también concreta los espacios por los que pueden circular los VMP y los límites de velocidad que deben respetar en cada uno de ellos, diferenciando entre ciclocalles, vías urbanas de velocidad reducida y zonas compartidas con peatones. Igualmente, se establece cómo y dónde pueden estacionarse estos vehículos para evitar molestias a los viandantes y para garantizar la accesibilidad del espacio público. Otro de los aspectos regulados es el uso profesional de los patinetes por parte de repartidores, empresas de mensajería o rutas turísticas, que deberán contar con un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima fijada por la ordenanza.
Finalmente, el texto incluye un régimen sancionador proporcionado para aquellas conductas que incumplan la norma, con distintos niveles de infracciones y sanciones económicas.























