La Junta inicia la "flexibilización" del POT de la Costa Tropical para aumentar la actividad económica

E+I+D+i - IndeGranada - Sábado, 24 de Octubre de 2020
El Gobierno andaluz afirma que el cambio del Plan de Ordenación del Territorio del litoral granadino se hará "sin incidir negativamente" en su protección ambiental.
Vista de La Herradura y la A-/ desde Cerro Gordo.
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Vista de La Herradura y la A-/ desde Cerro Gordo.

La Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio que dirige Marifrán Carazo ha aprobado la orden de formulación de la modificación del Plan de Ordenación del Territorio (POT) de la Costa Tropical de Granada para, entre otras cuestiones, "regular usos vinculados a las explotaciones agrícolas existentes, la implantación de usos turísticos, actividades recreativas vinculados al medio rural y de transformación de productos agrícolas sin incidir negativamente en la preservación de los valores naturales y paisajísticos de la zona", explica en una nota. Con ello, "se atiende las reivindicaciones de muchos alcaldes, que solicitaban desde hace años la clarificación y flexibilización de algunos aspectos de la normativa", dice la Junta.

Esta "flexibilización" del POT de la Costa Tropical se enmarca dentro de las reformas legislativas que está acometiendo desde hace meses el Gobierno andaluz, como la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía, cambios muy criticados por la oposición al ententer que suponen una 'vuelta al ladrillo' y una relajación de la protección ambiental del territorio, especialmente en la franja costera. 

Con este nuevo paso, publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) ayer, 23 de octubre, la Consejería de Fomento inicia la tramitación administrativa de la modificación, "con la correspondiente evaluación ambiental, audiencia a los ayuntamientos, exposición a información pública y solicitud de los informes preceptivos", y estima un plazo aproximado de un año para la aprobación definitiva del proyecto.

El plan tiene "incoherencias", según la Junta

El POT de la Costa Tropical de Granada fue aprobado mediante el Decreto 369/2011, de 20 de diciembre, y establecía tres niveles de protección territorial atendiendo a las características naturales del territorio: Zona de Paisajes Sobresalientes, Zona de Interés Paisajístico y Zona con Potencial Paisajístico, cada una de ellas con su régimen de usos autorizables en suelo no urbanizable. Durante los años de vigencia del plan, la aplicación de la normativa "ha puesto de manifiesto la existencia de algunas incoherencias y disfuncionalidades en el régimen de usos autorizables en las zonas protegidas, circunstancia que ha sido puesta de manifiesto por los ayuntamientos afectados", afirma la Junta.

Además, según la Consejería, "algunos municipios habían solicitado también un replanteamiento de la delimitación de las zonas protegidas, pero dado que modificaciones de este alcance inciden en un supuesto de Revisión del Plan, lo que alargaría el proceso de aprobación a un mínimo de tres o cuatro años y la necesidad de abordar un análisis general del resto de sus determinaciones, la Consejería de Fomento optó por proponer modificaciones del articulado para clarificar y flexibilizar el régimen de usos autorizables en las zonas protegidas, dando respuesta así a buena parte de las demandas municipales en el marco de esta legislatura".

Una vez analizada la normativa de cada una de las zonas protegidas, y "para compatibilizar la preservación de los valores territoriales del ámbito y el desarrollo sostenible del medio rural, se aprueba la regulación de los usos vinculados a las explotaciones agrícolas existentes, posibilitando en todas las zonas protegidas la autorización de las construcciones vinculadas a las explotaciones agrícolas, ya que el POT no debe imposibilitar que se doten de los elementos que la propia legislación agraria considera básicos para su funcionamiento", explica.                                                                               

"También se podrá modular las limitaciones de usos autorizables en función del nivel de protección de cada zona, posibilitando en todas ellas las actuaciones de interés público destinadas a la implantación de usos turísticos y actividades recreativas vinculados al medio rural y, en las de menor nivel de protección, las vinculadas al almacenaje y transformación de los productos agrícolas", dice la nota.

Parques eólicos

Asimismo, se posibilita en las zonas protegidas la implantación de parques eólicos, "por considerar que pueden adaptarse a la topografía natural del terreno, y, en todo caso, integrar las medidas correctoras que resulten del procedimiento de evaluación ambiental, tal como se establece en la normativa específica de la zona para todas las actuaciones de interés público que se autoricen en suelo no urbanizable".

La nueva regulación propuesta, según la Junta, "no incide negativamente en los objetivos de preservación de los valores naturales y paisajísticos", ya que la normativa del POT "requiere la justificación expresa de su compatibilidad con la aportación de un estudio de integración paisajística, sin menoscabo de las medidas correctoras derivadas del procedimiento de autorización en el marco de la legislación sectorial de aplicación".