Juana Rivas apura la vía judicial para que su hijo menor no tenga que regresar a Italia con su padre
Juana Rivas en una imagen de archivo. M.R. archivo
Juana Rivas apura las vías legales a su alcance para tratar de evitar que su hijo Daniel, de 10 años, tenga que regresar a Italia con su padre tras las vacaciones navideñas. De momento no ha logrado una orden de protección que lo evite y ha recurrido, en última instancia, a la Fiscalía.
Según ha informado su abogado, Carlos Aránguez, este martes el Juzgado de Primera Instancia nº 10 de Granada ha notificado que "no se considera competente para dictar medidas de protección del menor" y que "se inhibe al Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 2 de Granada". Sin embargo, como han informado en ese Juzgado a sus abogados, la magistrada titular "disfruta aún de sus días de vacaciones" y la causa "ha sido archivada". La magistrada suplente ha comunicado a los abogados que "no puede adoptar ninguna medida hasta que el expediente no sea remitido por el anterior Juzgado y debidamente examinado".
"Ante la extrema urgencia de la situación", el equipo de abogados ha dirigido un escrito a la Fiscalía Provincial rogándole que adopte "medidas de protección para el menor, que se encuentra en clara situación de riesgo"
"Ante la extrema urgencia de la situación, pues mañana miércoles, día 8 de enero, el menor debe retornar a Italia con su padre (procesado por maltratarle), hemos dirigido un escrito a la Excma. Sra. Fiscal Jefa de la Fiscalía Provincial de Granada, para denunciar esta situación, rogándole que adopte a la mayor brevedad posible medidas de protección para el menor, que se encuentra en clara situación de riesgo, pidiendo protección internacional por amenazas contra su vida, insistiendo especialmente en la necesidad de que sea escuchado", ha informado Aránguez.
Fuentes consultadas por Europa Press en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) han indicado que el Juzgado de Primera Instancia número 10 de Granada ha acordado inhibirse en favor del de Violencia sobre la Mujer en la demanda presentada por la madre de Maracena para que se acordara una "medida de no regreso" del menor con su padre, con el que reside en Italia.
Como ocurre en el presente caso, son los juzgados de la jurisdicción penal los que tienen la preferencia sobre la instrucción en el caso de que coincidan procedimientos semejantes en las dos instancias, han detallado desde el TSJA.
El Juzgado de Violencia de Género acordó recientemente archivar la demanda presentada por la representación de la madre. Sin embargo, el procedimiento sigue su curso dado que la resolución de sobreseimiento fue recurrida por esta parte en reforma y, por lo tanto, aún no es firme.
Por otro lado, la demanda de protección urgente de menor fue recibida en el Juzgado de Primera Instancia número 10 de Granada el pasado 30 de diciembre. Debido a la coincidencia de fechas inhábiles, fue el 3 de enero cuando se solicitó a la parte demandante la subsanación de unos defectos de forma en la demanda que afectaban al poder de representación.
Por esta razón, la demanda ni siquiera llegó a incoarse. Por otra parte, en este tipo de procesos civiles la norma obliga a escuchar a ambas partes y, si se considerara necesario, también al menor antes de adoptar o denegar la medida solicitada, han proseguido desde el TSJA.
Desde la incoación del procedimiento hasta la celebración de la sesión para dar audiencia a las partes y resolver el litigio debe mediar un plazo de 15 días, lo que en este caso tampoco se ha podido cumplir.
Mientras tanto, la Coordinadora Estatal para la Erradicación de la Violencia Vicaria y la Violencia de Género Institucional (VVVI) ha lanzado una campaña para reclamar la protección de Daniel, que al llegar a España relató que "su padre le coacciona y amenaza, obligándole a mentir sobre el maltrato que sufre".
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