Cerca de 2.000 pensionistas de Granada que trabajaron a tiempo parcial pueden aumentar un 20% su prestación si reclaman, estima UGT
Unas 1.900 personas jubiladas de Granada (uno de cada diez, en su gran mayoría mujeres), pueden beneficiarse de la sentencia del Tribunal Constitucional del 3 de julio de 2019 que declara nula, por discriminatoria, la aplicación de coeficientes reductores para las pensiones de personas que en algún momento de su vida trabajaron a tiempo parcial.
Así lo afirma el sindicato UGT, que ha iniciado la campaña "Pensionista ¡Reclama! Es de justicia, es tu derecho" para estas personas reclamen el aumento de la pensión a la que tienen derecho. Una prestación que, según el sindicato, puede llegar a ser, de media, de un 20% mayor. Los requisitos para que la persona afectada realice dicha reclamación son: haber desempeñado trabajos a tiempo parcial, estar jubilada/jubilado, con resolución administrativa firme de reconocimiento de la pensión de jubilación, y que en el cálculo de la cuantía de la pensión de jubilación se haya determinado un coeficiente de parcialidad inferior al 67%, no quedando compensado por la aplicación del coeficiente del 1,5.
La campaña ha sido presentada este miércoles por el secretario general de la Unión de Jubilados y Pensionistas (UJP) de UGT Granada, José Luis Morales, acompañado por el secretario general de UGT Granada, Juan Fco. Martín, y la secretaria de Igualdad, Rosa Mª Muñoz, quien ha señalado que UGT ha iniciado una campaña de información para restituir un derecho, que afecta a pensionistas que en su día trabajaron a tiempo parcial, y que han visto reducida su pensión como consecuencia de que les aplicaron un coeficiente reductor (coeficiente de parcialidad) a la hora de calcular la cuantía de su prestación. Un coeficiente declarado nulo por la sentencia del Tribunal Constitucional del 3 de julio de 2019. Esta sentencia, además, salva una clara discriminación por sexo, puesto que un 70% de los empleos a tiempo parcial lo ocupan las mujeres.
Sin embargo, en su opinión, esta sentencia se queda corta y limita su aplicación solo a las nuevas pensiones, las concedidas desde el 12 de agosto de 2019 (fecha de publicación de la sentencia), negando el carácter retroactivo de este derecho, en contra de lo que dicta el Tribunal de Justicia de la UE en una sentencia anterior. Una doctrina que debe prevalecer sobre lo que digan los tribunales nacionales, incluido el Tribunal Constitucional español, ha dicho Muñoz (UGT).
Por su parte, Jose Luis Morales ha reivindicado las subidas de las pensiones con respecto al IPC y ha puesto un ejemplo práctico de cómo esta resolución afectará a partir de ahora a los pensionistas. Una persona que haya trabajado durante 20 años con una jornada a tiempo parcial y hubiera tenido una base media de cotización de 700 euros, con la anterior regulación -la que ha estado en vigor hasta ahora-, cobraría una pensión de 350 euros. Ahora, tras la sentencia del Tribunal Constitucional, pasaría a tener una pensión de 429 euros, apunta.
Por eso, señala que se deben revisar también, a demanda de los afectados por el coeficiente de parcialidad que ha reducido la cuantía de sus prestaciones, las pensiones anteriores a la sentencia del TC. El representante sindical exige también que se recalcule la pensión sin el coeficiente de parcialidad para toda la vida del pensionista porque la Seguridad Social no lo va a hacer de oficio.
Por último, el representante de UGT reconoce que esta sentencia ayuda, pero no resolverá los problemas con las pensiones que existen en nuestro país. El Gobierno que que se configure tras las elecciones del 10N, debe corregir esta injusticia, por lo que sigue defendiendo una profunda reforma en el sistema público de pensiones, concluye.