Dueños de tierras de la Vega afectadas por la línea de evacuación de la megaplanta fotovoltaica de Santa Fe piden a los ayuntamientos que no otorguen licencia de obras
La Asocición para la Defesna del Paisaje y la Cultura de la Vega del Genil, Adepa, compuesta por más de cien agricultores de la Vega en los términos municipales de Santa Fe, Atarfe y Pinos Puente, han solicitado a sus ayuntamientos que no otorguen la licencia municipal de obras para construir la línea eléctrica de la megaplanta fotovoltaica de Ence en Santa Fe, "que atraviesa terrenos, en su gran mayoría sembrados de alamedas", según indica en una nota de prensa.
La Junta de Andalucía concedió el pasado 20 de septiembre autorización administrativa para la construcción de la línea de alta tensión, acto que ha sido recurrido en alzada ante la Consejería competente y que se encuentra pendiente de resolución. Recientemente, la Junta ha emitido la declaración de utilidad pública para la planta Ence Atarfe I y su línea de evacuación.
No obstante, los propietarios de estas tierras pretenden adelantarse a la previsible solicitud de la licencia municipal por parte de la empresa promotora Ence y piden a los ayuntamientos competentes que se amparen en los argumentos jurídicos esgrimidos en el recurso de alzada para oponerse a la licencia.
"Defectos en su tramitación"
Según el escrito presentado en las oficinas municipales, la tramitación administrativa, que se alarga ya mas de 3 años en la Junta de Andalucía, "adolece de defectos en su tramitación que le hacen merecedora de una más que previsible nulidad", si la misma llega a los tribunales de justicia. Dichos propietarios piden a los ayuntamientos que tomen en consideración los mismos argumentos jurídicos planteados ante la Consejería en el recurso de alzada mencionado, cuyo contenido recuerdan:
- División de un proyecto en tres, para esquivar la tramitación administrativa en la Administración central, "lo que implica fraude de ley".
- Ausencia de informe de la Administración del Estado sobre la línea de evacuación.
- Falta de notificación personal a los afectados, a pesar de conocer la Administración autonómica la titularidad de los bienes a expropiar.
- No existe en el expediente informe sectorial de Navegación Aérea, ni de Defensa, ni informe de reflectividad de los campos de paneles fotovoltaicos a instalar.
- La distancia de los parques fotovoltaicos a las zonas de espacios protegidos es insuficiente.
- La posible caducidad en la fecha de la obtención de la declaración de impacto ambiental (17/11/23), que anularía todo el proceso.
- La tramitación de un proyecto de actuación urbanística, exigido en suelo no urbanizable, a raíz de la interpretación de la normativa LISTA que hace el TC en sentencia de 13 de febrero pasado (STC 25/2024).
Los afectados entienden que existe base suficiente para que un acto reglado como es la licencia municipal de obras se limite y se paralice de manera cautelar ante estos argumentos. Se hace especial hincapié en la posible caducidad de la declaración de impacto ambiental, obtenida en noviembre de 2023, cuando el plazo venció en agosto del mismo año, o en la falta de tramitación municipal de un proyecto de actuación urbanística, exigido en suelo no urbanizable, a raíz de la interpretación de la LISTA que hace el Tribunal Constitucional en sentencia de l13 de febrero pasado (STC 25/2024).