Gente como tú mejora el mundo. Campaña CCOO

Condenan a Vueling a devolver los 63 euros que tuvo que pagar un pasajero de Granada para subir su equipaje de mano a la cabina

E+I+D+i - IndeGranada - Lunes, 17 de Noviembre de 2025
A través de una denuncia de Facua, que ha logrado la novena sentencia en un año contra este fraude.
Avión de la aerolínea Vueling.
facua.org
Avión de la aerolínea Vueling.

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Granada ha condenado a la aerolínea Vueling a abonar a un pasajero, socio de Facua Granada, los 63 euros que tuvo que abonar de más para subir con sus maletas de mano en cabina, más los intereses legales acumulados desde la interposición de la demanda, según ha informado la asociación de defensa de los consumidores. 

Se trata de la novena sentencia lograda por Facua contra las aerolíneas por el fraude del equipaje de cabina en el último año.

La jueza Virginia Aparicio Bartolomé señala que "es preciso señalar cómo las aerolíneas, y así lo ha manifestado en repetidas ocasiones la jurisprudencia, no pueden exigir un suplemento en el precio del billete por llegar un equipaje de mano". Además, también afirma que el equipaje de mano es un "elemento indispensable" del transporte aéreo, por lo que la imposición de un suplemento "al precio debe considerarse abusiva".

Desde 2024, Facua tiene en marcha una plataforma de afectados por los fraudes de las aerolíneas (FACUA.org/aerofraudes) a la que se están sumando numerosos pasajeros. La pareja que ha ganado esta nueva sentencia trasladó su caso a la asociación para que reclamasen en su nombre por el dinero que tuvieron que pagar de más para poder volar a Lanzarote con su equipaje en cabina.

Se trata de la novena sentencia judicial contra las aerolíneas lograda por Facua por este fraude en los últimos doce meses, la cuarta contra Vueling —las otras cinco afectan a Ryanair—. En mayo, el Juzgado de Primera instancia e Instrucción número 4 de Ciudad Real condenó a Ryanair. En abril, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 3 de Huesca condenó a Vueling y el Juzgado de Primera Instancia número 9 de Valladolid a Ryanair. En marzo, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Vitigudino, en Salamanca, hizo lo propio con la compañía irlandesa. En febrero, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de San Sebastián también condenó a  Vueling. El pasado diciembre, el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Cádiz lo hizo con Ryanair. Recientemente, el Juzgado de Primera Instancia número 22 de Sevilla emitió una nueva condena contra Vueling y el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Málaga ha condenado a Ryanair.

En noviembre de 2024, el ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, firmó una multa histórica de 179 millones de euros a cinco aerolíneas por estas y otras irregularidades. FACUA llevaba desde 2018 denunciando el recargo ilegal del equipaje de mano.

Ryanair se negó al reembolso

La sentencia contra Vueling hace referencia a un viaje que José, vecino de Granada, hizo a Gran Canaria en septiembre de 2023 para pasar unos días de vacaciones. Tanto el vuelo de ida como el de vuelta —cuyo destino era Málaga— tuvo que abonar un extra para poder subir su maleta a cabina: 33 euros por el primero y 30 euros por el segundo. 63 euros en total.

José, que sabía que ese cobro era irregular, decidió a reclamar a Vueling su devolución a su vuelta del viaje. Mandó un correo electrónico a la compañía exigiendo el reembolso. La aerolínea, sin embargo, nunca llegó a dar contestación al afectado, según relata Facua.

El usuario decidió entonces asociarse a Facua Granada para que la asociación le ayudara a reclamar los 63 euros que le habían cobrado irregularmente. El equipo jurídico de la organización envió una reclamación a Vueling en nombre de José, instando a que reembolsara el dinero sin más tardanza.

En este sentido, el artículo 97 de la Ley de Navegación Aérea de 1960 deja meridianamente claro que "el transportista estará obligado a transportar juntamente con los viajeros, y dentro del precio del billete, el equipaje [..] Únicamente podrá denegarse el embarque de estos objetos y bultos en atención a razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, en relación con las características de la aeronave", circunstancia ésta última que no era aplicable al afectado.

Vueling, "como es habitual", dice Facua, respondió a la reclamación denegando la petición de devolución del dinero bajo el argumento de que no incumplían la legislación porque permiten "llevar de forma gratuita una bolsa de 40x20x30cm.".

Tras esta negativa, José decidió dar un paso más y acudir a la vía judicial para que obligara a la compañía a devolverle el dinero. Facua Granada redactó la demanda que el afectado presentó en tribunales y en la que reclamaba a Vueling los 63 euros que tuvo que abonar para viajar en cabina con su equipaje de mano.

Ahora, Juzgado de lo Mercantil número 2 de Granada ha estimado la demanda del socio de Facua Granada y ha condenado a la aerolínea a abonarle los 63 euros más los intereses legales desde la fecha de la reclamación extrajudicial, así como a las costas del procedimiento.