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La jueza había procesado a la exedil de Urbanismo (PP) y a tres exaltos cargos de área

La Audiencia de Granada anula el auto que procesó a la excúpula de Urbanismo de la capital en la pieza San Jerónimo

Política - Europa Press - Viernes, 1 de Noviembre de 2024
Revoca el auto de procedimiento abreviado y se prevé que suponga también la anulación de la apertura de juicio oral contra los cuatro acusados por prevaricación urbanística.
Isabel Nieto, en una imagen de archivo del caso Serrallo, sentada en el estrado con los abogados, dada su condición de letrada.
Á.C./EP archivo
Isabel Nieto, en una imagen de archivo del caso Serrallo, sentada en el estrado con los abogados, dada su condición de letrada.
La Audiencia de Granada ha revocado el auto por el que la jueza del caso Nazarí procesó a la exconcejal de Urbanismo en el Ayuntamiento granadino, Isabel Nieto (PP) y a tres exaltos cargos de esta área en la pieza separada conocida como 'expediente San Jerónimo, en la que se han investigado supuestas irregularidades en la concesión de licencia de primera ocupación del residencial 'Ciudad de la luz'.
 
La resolución de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, se produce en respuesta el recurso presentado por una de las defensas contra el auto de procedimiento abreviado en esta causa y se prevé que suponga también la anulación del último paso dado hace unos días por el juzgado de instrucción: abrir juicio oral contra los cuatro acusados en esta pieza por prevaricación urbanística.
 
Se trata de Isabel Nieto; el que fuera director de Obras Municipales, Manuel Lorente; el exdirector general de Licencias, E.M. H., y un arquitecto jefe del servicio de Obras por delitos de prevaricación urbanística.
 
La Sección Primera de la Audiencia ha dado la razón a la defensa de los tres primeros acusados, que ejerce el letrado Ernesto Osuna, "revocando y dejando sin efecto alguno" el auto de procedimiento abreviado para que las acusaciones se atengan a una resolución previa de este mismo tribunal en la que se fijó que los únicos hechos constitutivos de delito serían los referidos a la concesión de primera ocupación para las 300 viviendas, locales, aparcamientos y trasteros de este residencial.
 
Con ello, la causa se limitaría a un posible delito de prevaricación administrativa genérica, el cual carece de responsabilidad civil y por tanto tampoco corresponde la fianza de 1,8 millones que la jueza fijó para los acusados en el auto de apertura de juicio oral del pasado octubre, cuya próxima anulación esperan las partes.